Crimen de Nahuel: si bien el proceso penal recién comienza, el asesino podría ser condenado a cadena perpetua

En la audiencia imputativa, la fiscalía atribuyó el hecho como un homicidio criminis causa. La defensa intentará que se considere como homicidio en ocasión de robo, para lograr a una condena de 10 a 25 años de prisión.

La causa que investiga el crimen de Nahuel Robles avanzó este miércoles con una doble audiencia en la que Carlos Raúl Guerrero, presunto autor del hecho, fue imputado y se definió que permanezca en prisión durante el resto el resto del proceso.

A partir del planteo de la fiscalía, la calificación provisoria del hecho es la de homicidio criminis causaEn caso de que esa figura se mantenga hasta el final del proceso, Guerrero podría recibir la pena de prisión perpetua.

Luego de la doble audiencia, el fiscal Estanislao Giavedoni explicó: “Hoy se hizo una audiencia que tuvo doble propósito: la atribución del hecho, que es la audiencia imputativa y también la audiencia de medidas cautelares. Hemos acordado la prisión preventiva con la defensa del imputado”.

Según argumentó Giavedoni, “se cuenta con un cúmulo de evidencia que permite el convencimiento del juez para que disponga la prisión preventiva, con lo cual el imputado va a continuar con el resto del proceso penal privado de su libertad».

Criminis causa

Con relación a la atribución imputativa, la fiscalía lo calificó como un homicidio criminis causa. “Esa es la figura legal que corresponde y una vez que culminemos con la investigación, entendemos que la acusación se va a encaminar hacia ese destino”, aseguró Giavedoni.

El homicidio criminis causa, según establece el artículo 80, inciso 7 del Código Penal es aquel homicidio que se comete para preparar, facilitar, consumar u ocultar otro delito o para asegurar sus resultados o procurar la impunidad para sí o para otro o por no haber logrado el fin propuesto al intentar otro delito.

El abogado defensor del imputado, Martín Peón, intentará que la calificación se modifique a homicidio en ocasión de robo. En ese caso el Código Penal prevé una pena de entre 10 y 25 años de prisión.

Asegurar la impunidad

Para el fiscal Giavedoni, los hechos sucedidos el martes 30 de abril encuadran en lo que establece el artículo 80 del Código Penal. “Lo que hay es, por un lado, el desapoderamiento del teléfono celular que llevaba la víctima, que es el delito de robo, de hurto en este caso; y por el otro lado también asegurar la impunidad con relación a ese hecho”, afirmó.

De todas maneras, el funcionario del MPA recordó que “es una calificación provisoria, sin perjuicio que e que la vamos a sostener”. “Hay que informar que el caso penal recién comienza y por lo tanto hablar hoy de una pena, estamos muy lejos de llegar a ese final”, aclaró.

Fuente: https://santotomealdia.com.ar/

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